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Estancias y becas

Estancias y becas 2021

 

BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS EN METÁLICO EN LA  CASA DEL TRADUCTOR DE TARAZONA.

 

1.- Objeto y Finalidad de la convocatoria.

 

Es objeto de la presente convocatoria la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de 12 becas para traductores previstas por la Ordenanza General de Subvenciones del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona. Dichas becas consistirán en una ayuda económica de 30 €/ día y se disfrutarán en las instalaciones de la Casa del Traductor durante un periodo mínimo de 15 días  del año 2021.

La finalidad de las ayudas reguladas en la presente ordenanza es  la mejora de la traducción y para ello se facilita a los traductores literarios una estancia en la Casa del Traductor,  en la que encontrarán los medios más idóneos para realizar su trabajo: biblioteca especializada, herramientas informáticas, internet. Además de proporcionarles la ocasión de convivir con otros profesionales con los que puedan  compartir y resolver problemas y experiencias relativas a su trabajo.

Las ayudas concedidas al amparo de la presente convocatoria serán compatibles con cualquier otro tipo de ayuda o subvención pública o privada.

 

 

  1. Bases Reguladoras

 

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza núm. 32 de 9 de febrero de 2008 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza núm. 71 de 28 de marzo de 2009. De acuerdo con lo establecido en la LEY 5/2015, DE 25 DE MARZO, DE SUBVENCIONES DE ARAGÓN, la evaluación de las solicitudes y documentación presentada se realizará por la Comisión de Valoración formado por: Secretario, Interventor y  Tesorera, que podrán disponer de la asistencia técnica que consideren oportuna.

 

 

 

  1. Créditos Presupuestarios

 

Las ayudas aprobadas en esta convocatoria se imputan a la aplicación presupuestaria 3342 - 48001 por un importe de 10.800 €.

Al tratarse de una convocatoria abierta, esta se resolverá periódicamente a lo largo del ejercicio presupuestario.

 

 

  1. Beneficiarios.

 

Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:

 

 

  1. La lengua de partida o de llegada de la traducción que se proponga ha de ser obligatoriamente el castellano o cualquiera de las lenguas cooficiales del Estado Español.

 

  1. Ser traductor profesional, lo que debe acreditarse con un mínimo de dos libros ya publicados.

 

  1. Realizar una memoria sobre el trabajo de traducción para el que se solicita la beca, en la que se justifique el interés del

 

  1. d) Aportar el contrato de traducción de la obra que se vaya a traducir. No obstante, aquellos traductores que no cumplan el requisito anterior podrán ser becados si la presidencia del consorcio, previo informe de la Comisión de Valoración de la Casa del Traductor, considera que el proyecto tiene una calidad o interés excepcional.

 

 

5.-Solicitudes.

 

Las solicitudes irán dirigidas a la Sra. Presidenta del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona, y podrán presentarse (de acuerdo con la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP) en el Registro General del Consorcio de la Casa del Traductor o por cualquier medio de los establecidos legalmente.

 

Además de la solicitud y la documentación anteriormente indicada deberá aportarse:

 

  1. a) DNI o pasaporte en regla.

 

  1. b) Declaración responsable de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

 

  1. c) Declaración responsable de estar exento del IVA.

 

En los supuestos en que la documentación presentada se considere incorrecta o incompleta, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de PACAP, se requerirá al solicitante para que, en el plazo improrrogable de diez días, proceda a la subsanación de los defectos detectados o acompañe los documentos preceptivos, advirtiéndole que, una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya practicado la referida subsanación, se le tendrá por desistida en su petición, previa resolución que se dicte en los términos previstos en el artículo 21.1 de la citada Ley.

 

6.- Plazo de presentación

 

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza y, al tratarse de una convocatoria abierta, se extenderá a lo largo de todo el ejercicio presupuestario

 

7.- Criterios de Valoración de las solicitudes

 

En la concesión de las becas se tendrán en cuenta los siguientes criterios de selección:

 

  1. a) Interés del proyecto en cuanto a difusión de obra/autor en la lengua a la que va dirigido.
  2. b) Interés del proyecto en cuanto a la lengua de llegada o la de partida
  3. c) Interés del proyecto por la difusión editorial del mismo.
  4. d) Tendrán prioridad los traductores que no hayan recibido beca en metálico de la Casa del Traductor en el año anterior.

 

8.- Plazo de resolución:

 

La resolución de la presente convocatoria es competencia de la Sra. Presidenta del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona y, al tratarse de una convocatoria abierta, se efectuará con periodicidad mensual.

 

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 63.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la resolución incluirá una relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en las bases reguladoras para adquirir la condición de beneficiario, no hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración previstos.

 

Si alguno de los beneficiarios  renunciase a la beca, el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes a aquél en orden de su puntuación, siempre y cuando con la renuncia por parte de alguno de los beneficiarios, se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes. Esta opción se comunicará a los interesados para que accedan a la propuesta de subvención en el plazo improrrogable de diez días. Una vez aceptada la propuesta, el órgano administrativo dictará el acto de concesión y procederá a su notificación en los términos establecidos en la Ley General de Subvenciones y en el Reglamento de desarrollo.

 

9.- Obligaciones de los becarios

 

Las obligaciones de los beneficiarios, además de las establecidas con carácter general en la normativa reguladora del régimen jurídico de las subvenciones concedidas por las entidades locales, son las siguientes:

 

  1. El becario estará obligado al pago del precio público por estancia en la Casa del Traductor de Tarazona de 12 € al día más el 10% de IVA.

 

  1. Durante su estancia los becarios deberán observar las normas internas de la Casa del Traductor.

 

  1. c) El traductor está obligado a elaborar un informe de al menos 30 líneas sobre su estancia en la Casa y el proyecto de traducción por el que ha sido becado.

 

  1. d) El becario estará obligado a someterse a las actuaciones de comprobación, que efectúe el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios y aportar cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

 

  1. e) Comunicar al Consorcio la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

 

  1. f) En la publicación de la traducción se hará constar:

 

-Que la traducción se ha realizado total o parcialmente en la Casa del Traductor de Tarazona, con la financiación del Consorcio de la Casa del Traductor

 

  1. g) El traductor deberá enviar a la Casa del Traductor dos ejemplares del libro traducido durante su estancia.

 

  1. h) El traductor deberá presentar su traducción o exponer algún aspecto relacionado con ella si durante su estancia la Casa del Traductor organizara algún acto público referente a la misma.

 

  1. i) Si se estuviera en curso de alguna de las causas de reintegro, se deberá proceder al reintegro de la cuantía recibida.

 

 

10.-Justificación y Cobro

 

Para percibir las ayudas económicas será necesario presentar al Consorcio, la siguiente documentación:

 

  • Instancia suscrita por el becario dirigido a la Presidencia del Consorcio, en la que solicite el pago de la subvención y se indique el número de cuenta al cual se haya de efectuar la transferencia.
  • Informe de la Dirección de la Casa del Traductor relativo al correcto desarrollo de los trabajos y cumplimiento de las normas internas de la Casa.
  • Certificado de hallarse al corriente de pagos con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social
  • Declaración responsable de hallarse al corriente en el reintegro de subvenciones.

 

 

La documentación justificativa  deberá presentarse en el plazo un mes de desde la finalización de la actividad subvencionada.

 

El Consorcio podrá otorgar, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación, que no exceda de la mitad de mismo y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de tercero.

 

Asimismo, se podrán realizar pagos fraccionados de carácter mensual en aquellos supuestos en los que lo solicite el becario y previo informe de la Dirección de la Casa del Traductor sobre la normal ejecución de la actividad.

 

11.- Régimen Jurídico

 

En lo no previsto en las presentes bases específicas serán de aplicación las bases aprobadas mediante la Ordenanza General de Subvenciones del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona, las previsiones contenidas en la ley 38/2003 General de Subvenciones, en el Reglamento para su desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, LEY 5/2015, DE 25 DE MARZO, DE SUBVENCIONES DE ARAGÓN, así como en el conjunto de disposiciones aplicables a la Administración Local.

 

DILIGENCIA:

 

La extiendo yo, el secretario general para hacer constar que la presente convocatoria ha sido aprobada mediante Resolución de la Presidencia  nº 9 del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona de fecha trece de abril de dos mil veintiuno

Tarazona a   13 de Abril del 2021

Secretario General

Fdo. Juan Antonio Hidalgo Puertas

 

 

BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE BECAS EN ESPECIE,  EN LA  CASA DEL TRADUCTOR DE TARAZONA.

 

1.- Objeto y Finalidad de la convocatoria.

 

Es objeto de la presente convocatoria la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de 13 becas “en especie”, para traductores previstas por la Ordenanza General de Subvenciones del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona. Dichas becas consistirán en una ayuda económica de 12 € más el IVA en vigor correspondiente,  por día y se disfrutarán en las instalaciones de la Casa del Traductor durante un periodo mínimo de 10 días  del año 2021.

La finalidad de las ayudas reguladas en la presente ordenanza es  la mejora de la traducción y para ello se facilita a los traductores literarios una estancia en la Casa del Traductor,  en la que encontrarán los medios más idóneos para realizar su trabajo: biblioteca especializada, herramientas informáticas, internet. Además de proporcionarles la ocasión de convivir con otros profesionales con los que puedan  compartir y resolver problemas y experiencias relativas a su trabajo.

Las ayudas concedidas al amparo de la presente convocatoria serán compatibles con cualquier otro tipo de ayuda o subvención pública o privada.

 

 

  1. Bases Reguladoras

 

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza General de Subvenciones del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza núm. 32 de 9 de febrero de 2008 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza núm. 71 de 28 de marzo de 2009. De acuerdo con lo establecido en la LEY 5/2015, DE 25 DE MARZO, DE SUBVENCIONES DE ARAGÓN, la evaluación de las solicitudes y documentación presentada se realizará por la comisión de valoración formado por: Secretario, Interventor y  Tesorera, que podrán disponer de la asistencia técnica que consideren oportuna.

 

  1. Créditos Presupuestarios

 

Las ayudas aprobadas en esta convocatoria se imputan a la aplicación presupuestaria 3342 - 48000 por un importe de 3.240 €.

Al tratarse de una convocatoria abierta, esta se resolverá periódicamente a lo largo del ejercicio presupuestario.

 

 

  1. Beneficiarios.

 

Los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:

 

  1. Ser traductor profesional. También se valorarán las solicitudes para llevar a cabo obras de creación literaria.
  2. Realizar una memoria sobre el trabajo de traducción para el que se solicita la beca, en la que se justifique el interés del

 

 

5.-Solicitudes.

 

Las solicitudes irán dirigidas a la Sra. Presidenta del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona, y podrán presentarse (en atención a lo dispuesto en la Disposición Derogatoria Única, 2, último párrafo de la ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas -LPACAP) en el Registro General del Consorcio de la Casa del Traductor o por cualquier medio de los establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

 

 

Además de la solicitud y la documentación anteriormente indicada deberá aportarse:

 

  1. a) DNI o pasaporte en regla.

 

  1. b) Declaración responsable de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.

 

  1. c) Declaración responsable de estar exento del IVA.

 

En los supuestos en que la documentación presentada se considere incorrecta o incompleta, de acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de PACAP, se requerirá al solicitante para que, en el plazo improrrogable de diez días, proceda a la subsanación de los defectos detectados o acompañe los documentos preceptivos, advirtiéndole que, una vez transcurrido dicho plazo sin que se haya practicado la referida subsanación, se le tendrá por desistida en su petición, previa resolución que se dicte en los términos previstos en el artículo 21.1 de la citada Ley.

 

6.- Plazo de presentación

 

El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza y, al tratarse de una convocatoria abierta, se extenderá a lo largo de todo el ejercicio presupuestario 2021.

 

7.- Criterios de Valoración de las solicitudes

 

En la concesión de las becas se tendrán en cuenta los siguientes criterios de selección:

 

  1. a) Interés del proyecto en cuanto a difusión de obra/autor en la lengua a la que va dirigido.
  2. b) Interés del proyecto en cuanto a la lengua de llegada o la de partida
  3. c) Interés del proyecto por la difusión editorial del mismo.

 

8.- Plazo de resolución:

 

La resolución de la presente convocatoria es competencia de la Sra. Presidenta del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona y, al tratarse de una convocatoria abierta, se efectuará con periodicidad mensual.

 

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 63.3 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la resolución incluirá una relación ordenada de todas las solicitudes que, cumpliendo con las condiciones administrativas y técnicas establecidas en las bases reguladoras para adquirir la condición de beneficiario, no hayan sido estimadas por rebasarse la cuantía máxima del crédito fijado en la convocatoria, con indicación de la puntuación otorgada a cada una de ellas en función de los criterios de valoración previstos.

 

Si alguno de los beneficiarios  renunciase a la beca, el órgano concedente acordará, sin necesidad de una nueva convocatoria, la concesión de la subvención al solicitante o solicitantes siguientes a aquél en orden de su puntuación, siempre y cuando con la renuncia por parte de alguno de los beneficiarios, se haya liberado crédito suficiente para atender al menos una de las solicitudes. Esta opción se comunicará a los interesados para que accedan a la propuesta de subvención en el plazo improrrogable de diez días. Una vez aceptada la propuesta, el órgano administrativo dictará el acto de concesión y procederá a su notificación en los términos establecidos en la Ley General de Subvenciones y en el Reglamento de desarrollo.

 

9.- Obligaciones de los becarios

 

Las obligaciones de los beneficiarios, además de las establecidas con carácter general en la normativa reguladora del régimen jurídico de las subvenciones concedidas por las entidades locales, son las siguientes:

 

  1. El becario estará obligado al pago del precio público por estancia en la Casa del Traductor de Tarazona de 12 € al día más el IVA en vigor correspondiente.

 

  1. Durante su estancia los becarios deberán observar las normas internas de la Casa del Traductor.

 

  1. c) El traductor y/o escritor está obligado a elaborar un informe de al menos 30 líneas sobre su estancia en la Casa y el proyecto de traducción por el que ha sido becado.

 

  1. d) El becario estará obligado a someterse a las actuaciones de comprobación, que efectúe el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios y aportar cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

 

  1. e) Comunicar al Consorcio la obtención de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos que financien las actividades subvencionadas.

 

  1. f) En la publicación de la traducción se hará constar:

 

-Que la traducción se ha realizado total o parcialmente en la Casa del Traductor de Tarazona, con la financiación del Consorcio de la Casa del Traductor

 

  1. g) El traductor deberá enviar a la Casa del Traductor dos ejemplares de la obra traducida durante su estancia.

 

  1. h) El traductor deberá presentar su traducción o exponer algún aspecto relacionado con ella si durante su estancia la Casa del Traductor organizara algún acto público referente a la misma.

 

  1. i) Si se estuviera en curso de alguna de las causas de reintegro, se deberá proceder al reintegro de la cuantía recibida.

 

 

10.-Justificación y Cobro

 

Para percibir las ayudas económicas será necesario presentar al Consorcio, la siguiente documentación:

 

  • Instancia suscrita por el becario dirigido a la Presidencia del Consorcio, en la que solicite la compensación del pago del precio público.
  • Informe de la Dirección de la Casa del Traductor relativo al correcto desarrollo de los trabajos y cumplimiento de las normas internas de la Casa.
  • Certificado de hallarse al corriente de pagos con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social
  • Declaración responsable de hallarse al corriente en el reintegro de subvenciones.

 

 

La documentación justificativa deberá presentarse en el plazo un mes de desde la finalización de la actividad subvencionada.

 

El Consorcio podrá otorgar, salvo precepto en contra contenido en las bases reguladoras, una ampliación del plazo establecido para la presentación de la justificación, que no exceda de la mitad de mismo y siempre que con ello no se perjudiquen derechos de tercero.

 

Asimismo, se podrán realizar pagos fraccionados de carácter mensual en aquellos supuestos en los que lo solicite el becario y previo informe de la Dirección de la Casa del Traductor sobre la normal ejecución de la actividad.

 

 

11.- Régimen Jurídico

 

En lo no previsto en las presentes bases específicas serán de aplicación las bases aprobadas mediante la Ordenanza General de Subvenciones del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona, las previsiones contenidas en la ley 38/2003 General de Subvenciones, en el Reglamento para su desarrollo aprobado por Real Decreto 887/2006, LEY 5/2015, DE 25 DE MARZO, DE SUBVENCIONES DE ARAGÓN ,así como en el conjunto de disposiciones aplicables a la Administración Local.

 

 

 

DILIGENCIA:

 

La extiendo yo, el Secretario General para hacer constar que la presente convocatoria ha sido aprobada mediante Resolución de la Presidencia Nº 10 del Consorcio de la Casa del Traductor de Tarazona de fecha 13 de Abril del 2021.

Tarazona a 13 de Abril del 2021.  

Secretario General 

 Fdo. Juan Antonio Hidalgo Puertas

 

 

 

 

 

 

 



 

 

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